Espectáculos

La SCJN rechaza amparo de Luis de Llano en el caso de Sasha Sokol

La SCJN negó el amparo a Luis de Llano, confirmando la sentencia que reconoce el abuso sexual contra Sasha Sokol y obliga al productor a ofrecer disculpas, indemnizar y tomar medidas correctivas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha negado el amparo solicitado por el productor Luis de Llano Macedo, amparo por la condena civil que le fue impuesta tras la denuncia que interpuso la cantante por abuso infantil cuando ella tenía 14 años y el 39, mientras formó parte de la agrupación musical Timbiriche.

De esta forma se mantiene firme la sentencia que lo obliga a ofrecer una disculpa pública, indemnizar a la cantante Sasha Sokol y tomar un curso especializado en prevención de conductas de abuso sexual. Asimismo, se le prohíbe volver a mencionar públicamente a la artista.

La decisión fue tomada por unanimidad en la Primera Sala de la SCJN, que respaldó el fallo emitido en septiembre de 2023 por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. El proyecto de resolución fue elaborado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

La resolución representa un hito jurídico, ya que establece que las víctimas de abuso sexual que eran menores de edad al momento de los hechos podrán presentar demandas civiles sin importar cuánto tiempo haya transcurrido, incluso si el delito ya no puede ser perseguido penalmente.

Esto elimina, en estos casos, los límites de prescripción que suelen aplicar en materia civil, reconociendo la complejidad del trauma y el tiempo que las víctimas pueden requerir para procesar lo sucedido.

Sasha Sokol: “Esta sentencia trasciende mi caso”

Tras conocerse el fallo, Sasha Sokol celebró públicamente la decisión de la Corte y destacó su importancia más allá de lo personal. Subrayó que esta sentencia abre el camino para que otras víctimas de abuso sexual infantil puedan buscar justicia a través del ámbito civil, aún cuando ya no existan condiciones para un juicio penal.

La cantante también agradeció el enfoque del ministro Pardo Rebolledo, quien reconoció en su proyecto que los casos de abuso sexual contra menores presentan tres grandes obstáculos en materia de prescripción:

  1. El tiempo que necesita la víctima para comprender los hechos y reconocerse como tal.
  2. El periodo necesario para identificar que ciertos daños fueron consecuencia de la violencia sexual.
  3. La lucha interna para reunir el valor necesario y acudir ante las autoridades.

Sasha recordó que, cuando tenía 14 años, inició una relación con Luis de Llano, entonces de 39, sin tener las herramientas emocionales ni legales para comprender la situación. Además, acusó al productor de haber manipulado la verdad en repetidas ocasiones, incluyendo declaraciones falsas ante un juez, como afirmar que la relación era producto de la “imaginación de una niña fantasiosa”.

La artista enfatizó que el abuso no solo se limitó al aspecto físico, sino que también incluyó un daño moral profundo que atentó contra su dignidad, su integridad y su honra.

Un precedente para las víctimas silenciadas

La sentencia de la SCJN marca un antes y un después en la justicia mexicana. De ahora en adelante, las víctimas de abuso sexual infantil podrán demandar por daño moral sin estar atadas a los plazos de prescripción tradicionales, reconociendo que el proceso de asimilación y denuncia es largo y complejo.

El ministro Pardo Rebolledo subrayó que no se pueden imponer límites estrictos a quienes han vivido este tipo de violencia, ya que muchos sobrevivientes callan durante años por miedo, vergüenza o presión social.

La resolución de este caso no solo obliga a Luis de Llano a asumir las consecuencias legales de sus actos, sino que también envía un mensaje contundente: la justicia puede tardar, pero no olvida, y el silencio impuesto a las víctimas ya no será un obstáculo para que se escuche su verdad.

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