Reponen herencia de pozos en ley de aguas; prohíben transmisión entre particulares

La reforma en materia de agua, que todavía está en la Cámara de Diputados, “mantiene los derechos de agua para heredar y vender propiedades”.
Además, “todas las personas que hoy tienen una concesión tienen salvaguardados sus derechos”, pero “ya no será posible transmitir títulos de propiedad entre particulares”, explicó a senadores del oficialismo Efraín Morales, director general de la Conagua.
Durante una reunión a puerta cerrada, el funcionario dijo a legisladores de Morena, Verde y PT que “el binomio tierra-agua está garantizado”.
De acuerdo con senadores de Morena, el objetivo de la reunión es que los senadores se familiaricen con el contenido de la reforma que está por aprobarse en la Cámara de Diputados, a fin de que el Senado, en su calidad de Cámara revisora, la respalde en sus términos para que pueda aprobarse totalmente la próxima semana. En el documento se modulan las penalidades de los delitos: corrupción en el otorgamiento de títulos de concesión, de desvío de cauces y de traslado ilegal de aguas nacionales con fines de lucro.
Los pozos de agua se podrán heredar
El director de Conagua, Efraín Morales, explicó a los senadores del oficialismo que la reforma en materia de agua, que todavía está en la Cámara de Diputados, “mantiene los derechos de agua para heredar y vender propiedades” y aclaró que “todas las personas que hoy tienen una concesión tienen salvaguardados sus derechos”, pero “ya no será posible transmitir títulos de propiedad entre particulares”.
Durante la reunión a puerta cerrada, el funcionario dijo a los senadores de Morena, Verde y PT que “el binomio tierra-agua está garantizado”.
De acuerdo con senadores de Morena, el objetivo es que los senadores se familiaricen con el contenido de la reforma que está por aprobarse en la Cámara de Diputados, a fin de que el Senado, en su calidad de Cámara revisora, la respalde en sus términos para que pueda aprobarse totalmente la próxima semana.
El documento que expuso a los senadores de Morena, Partido Verde y PT, se establece que en la Ley General de Aguas se derogan los artículos 33 y 37 para que no puedan transmitirse títulos de concesión entre particulares y se eliminen los cambios de uso.
Se agrega al artículo 24 que “las prórrogas se otorgan hasta por el mismo tiempo por el que fueron asignados los títulos de concesión, sin considerar el elemento de disponibilidad”; en el artículo 30 se crea el nuevo Registro Público Nacional del Agua y se incorpora la obligación de inscribir en el nuevo REPNA el padrón de núcleos agrarios y los sistemas comunitarios de agua”.
Binomio tierra-agua está garantizado
Plantea que en la misma Ley General de Aguas “el binomio tierra-agua está garantizado; se mantienen los derechos de agua para heredar y vender propiedades”.
Y resalta que “todas las personas que hoy tienen una concesión tienen salvaguardados sus derechos”, amén que “se incorpora la figura de la actividad agropecuaria familiar”.
Para combatir el robo del agua se fortalece el procedimiento para la imposición de sanciones y multas; se incrementan las sanciones administrativas hasta 30 mil UMAS, para quedar, en parámetros actuales, de tres millones 394 mil 200 pesos.
De igual manera, se modulan las penalidades de los delitos: corrupción en el otorgamiento de títulos de concesión, desvío de cauces y de traslado ilegal de aguas nacionales con fines de lucro.
En cuanto al Fondo de Reserva de Aguas Nacionales, se garantiza la reasignación de volúmenes de agua; el Fondo se integra por volúmenes recuperados por extinción, cesión voluntaria y derechos preferentes.
Se establecen procedimientos expeditos para transmisiones de propiedad, derechos sucesorios, fusiones y escisiones mercantiles. Los volúmenes de agua ingresados al Fondo no forman parte de la disponibilidad”, precisa.
En tanto, para la Ley de Aguas Nacionales se promueve la tecnificación del agua en el riego; se fortalecen los mecanismos para medir el uso de agua.



