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CEAV rechaza reparar daño a familia de supervisor de Pemex, acribillado por huachicoleros

El caso se remonta al 13 de agosto de 2020 cuando José Guadalupe Pacheco Malagón, supervisor adscrito al área de Salvaguardia Estratégica de Pemex, fue asesinado.

La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) negó indemnizar a los familiares de un supervisor de Petróleos Mexicanos (Pemex), acribillado por huachicoleros en Querétaro.

Este tipo de pensiones son establecidos por la ley, la cual dictamina tener derecho, pese a existir una recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) que indica que sus garantías fueron violadas, por lo que la familia debe ser apoyada.

¿Por qué la CEAV no quiere dar indemnización?
En una resolución firmada en noviembre de 2025 por su titular, Martha Yuriria Rodríguez Estrada, la CEAV determinó como no procedente compensar a la viuda y a los dos hijos del funcionario asesinado debido a que Pemex no aceptó la recomendación del caso emitida en 2023.

“La Ley General de Victimas en ningún lado dice que para reparar a una víctima se necesita que una autoridad acepte la recomendación. Lo que se establece es que para la reparación integral lo que debe existir es la recomendación el organismo protector de DD HH”, dijo en entrevista la abogada de las víctimas, Reyna Velasco, quien agregó que ya promovieron un juicio de amparo en contra de esta determinación.
¿Cómo fue el delito contra el supervisor de Pemex?
El caso se remonta al 13 de agosto de 2020, cuando José Guadalupe Pacheco Malagón, supervisor adscrito al área de Salvaguardia Estratégica de Pemex, fue asesinado junto con tres trabajadores mientras atendían un reporte de actividades de huachicoleros en la comunidad de Cazadero, municipio de San Juan del Río, Querétaro. En total recibieron más de 400 disparos.

El despliegue que les costó las vidas a los ex trabajadores se realizó en el marco del llamado “Plan Conjunto del Gobierno de México para Combatir el Robo de Hidrocarburos de Pemex”, que la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador puso en marcha desde el arranque de su gestión.

Dicho despliegue buscaba identificar y reducir la perforación de ductos de hidrocarburos de Pemex, particularmente en estados de la zona centro del país como Querétaro e Hidalgo, donde la presencia de tomas clandestinas era altísima.

Lo anterior no sólo representaba una pérdida para el Estado, sino que había generado incluso tragedias como la explosión ocurrida en enero de 2019 que dejó 93 muertos.

Omisiones facilitaron el crimen: CNDH
En noviembre de 2020, a partir de los reportes y denuncias de familiares, la CNDH inició una investigación sobre el asesinato de Pacheco Malagón y sus compañeros que, a la postre, tuvo como resultado la emisión de la ‘Recomendación 250/2023’ por violaciones a los derechos a la seguridad jurídica, a la legalidad, al trato digno y seguridad en el trabajo de los afectados.

Lo anterior sucede después de que los visitadores concluyeron que, si bien los trabajadores fueron blanco de una agresión directa de civiles armados, hubo serias omisiones por parte de funcionarios superiores de Pemex, que, de no haber ocurrido, podrían haber prevenido el asesinato.

El documento de la recomendación revela que un día antes del multihomicidio, el 12 de agosto de 2020, Pacheco Malagón recibió en su teléfono celular una fotografía con una persona al parecer muerta dentro de una camioneta de Pemex, lo que interpretó como una amenaza de muerte y lo informó a su superior, quien acababa de asumir dicho puesto.

Pese a lo anterior, se le instruyó a él y a su equipo continuar con los reportes, así como con operativos de vigilancia en las zonas de alta incidencia, y en particular atender uno relacionado con una posible toma clandestina en la comunidad de Cazadero.

No se contempló ningún apoyo de alguna corporación militar ni de la Guardia Nacional.

El 13 de agosto, poco después de las 22:30 horas, sujetos armados interceptaron el vehículo en el que se encontraban cuatro trabajadores y los emboscaron debajo de un puente.

En total se realizaron 403 disparos en contra del automóvil; no hubo ninguna oportunidad de defenderse. Al estudiar a fondo el caso, los visitadores de la CNDH identificaron seis distintos tipos de violaciones a los derechos humanos de los trabajadores fallecidos.

Entre las anomalías se detectó, por ejemplo, que:

Pemex fue omiso en la evaluación de riesgos de la zona, en la planeación correcta del servicio y en una correcta coordinación con las fuerzas armadas y la Guardia Nacional.
En vez de ello, señala la recomendación, los trabajadores fueron expuestos a una zona de alta incidencia delictiva sin los apoyos ni equipos mínimos adecuados, lo que supuso un trato materialmente degradante de sus condiciones de trabajo y de su valor como personas.

La CNDH identificó a tres mandos superiores que no se coordinaron adecuadamente para desplegar acciones de protección y supervisar sistemas de seguridad, vigilancia, monitoreo y transporte de personal, contraviniendo el Estatuto de Pemex y la Ley Federal del Trabajo.

“En consecuencia, esta CNDH considera violados los derechos a la seguridad jurídica, a la legalidad, al trato digno y a la seguridad en el trabajo en relación con el derecho a la integridad personal y a la vida, establecidos principalmente en los artículos 1°, 16 y 123 de la Constitución (…) 2, 132, fracción III y 475 bis de la Ley Federal del Trabajo; 16 y 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; numerales II.3 y III.8 del Código de Ética de Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias y Empresas Filiales” concluye la recomendación.
En ese contexto, la CNDH propuso siete distintos tipos de recomendaciones dirigidas al director general de Pemex, entre ellas:

Iniciar el procedimiento administrativo de sanción contra los funcionarios responsables de las omisiones.
Colaborar con las investigaciones de la FGR y con la CEAV para el procedimiento de reparación del daño.
Niegan apoyo y recomendación
Tras la emisión de la recomendación, los familiares de Pacheco Malagón iniciaron en la CEAV el procedimiento para obtener la reparación del daño que incluye, entre otras cosas, una compensación económica a partir de los lineamientos que establece la Ley General de Víctimas.

La CEAV abrió el expediente número CEAV/DGCIE/2S.7/737/2024 por este caso, pero fue hasta noviembre del 2025 cuando la comisionada ejecutiva, Rodríguez Estrada, emitió la resolución en la que determinó como improcedente la petición de la compensación hecha por la viuda Lilia Hernández Bárcenas, y por sus dos hijos.

En el documento de 14 páginas, al que MILENIO tuvo acceso, se reconoce la existencia de la referida recomendación emitida por parte de la CNDH, lo cual es una de las modalidades que contempla el artículo 65 de la Ley General de Víctimas para que proceda la compensación por violaciones a derechos humanos.

Sin embargo, la CEAV añadió que existe otro oficio con número 1113/2023, en el cual Pemex determinó no aceptar la recomendación girada por la CNDH.

La CEAV agregó que esto es importante porque las recomendaciones de la CNDH “no tienen carácter vinculante”, es decir, no existe la obligación de que las autoridades las acaten.

A criterio de la comisionada Rodríguez Estrada, la negativa de Pemex de aceptar la recomendación invalida los efectos que esta pudiera tener y, por tanto, es como si no existiera.

“En el caso concreto, derivado a que la Recomendación 250/2023 no fue aceptada por parte de Petróleos Mexicanos, en su calidad de autoridad recomendada, para esta autoridad (la CEAV) no se reúnen los requisitos que permitan la procedencia de la solicitud de compensación y, en consecuencia, tal y como ha sido analizado, esta Comisión Ejecutiva no se encuentra en posibilidad de determinar la reparación integral del daño por compensación por violaciones a derechos humanos”, señala el documento firmado por la comisionada.
La abogada Velasco, quien es una especialista en derechos de víctimas, consideró que la decisión de la comisionada es “ilegal”, pues la Ley General de Víctimas no establece la obligación de que una recomendación tenga que ser aceptada para que la CEAV pueda darle los efectos que tiene.

“Desafortunadamente no es la primera vez que esta administración de la CEAV le da por exigir requisitos que no vienen contemplados en la Ley en distintas situaciones”, señaló.
“Nosotros hemos tomado la decisión promover un amparo en contra de esta determinación y confiamos en que un juez adoptará la decisión correcta. Pero es una pena que otra vez las victimas tengan que litigar contra la propia comisión que debería ser su respaldo”, concluyó.
https://www.milenio.com/negocios/ceav-rechaza-indemnizacion-supervisor-pemex-acribillado

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