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Adiós a la Ley 73 de la pensión IMSS

la Suprema Corte hará modificaciones con impacto directo en los beneficios de los pensionados

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo histórico que beneficia directamente a los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

La resolución establece que los familiares de un beneficiario fallecido tienen derecho a recibir la pensión, siempre que se acredite la relación y la dependencia económica correspondiente.

CIUDAD DE MÉXICO, 23ENERO2024.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) invalidó el Decreto 2620, publicado el 17 de agosto de 2022, por el que se expidió la Ley de Derechos de las Personas, Pueblos, Comunidades Indígenas y Afromexicanas del Estado de Baja California Sur, al determinar que afectaba directamente los intereses de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, por lo que, ya que existía la obligación de consultarles de forma previa, cuestión que no se llevó a cabo conforme a los parámetros establecidos en los ordenamientos señalados. En la imagen se observa a los ministros Luis María Aguilar, Lorreta Ortiz, Yasmín Esquivel, Juan Luis González Alcántara Carrancá, y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. FOTO: SCJN/CUARTOSCURO.COM© SCJN

Un cambio clave para quienes están bajo la Ley 73

Este criterio, emitido en 2023, representa un giro relevante para miles de familias amparadas por el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973. Durante años, este esquema generó controversia por el trato desigual entre los beneficiarios del trabajador fallecido.

La SCJN determinó que la Ley 73 del IMSS violaba el principio de igualdad, al establecer porcentajes distintos de pensión dependiendo del vínculo familiar. Mientras el cónyuge o concubino recibía el 90% de la pensión, los padres del asegurado solo tenían derecho a un 20%, lo cual fue considerado discriminatorio.

.© foto: canva

Padres del asegurado recibirán el mismo porcentaje

Con este fallo, el máximo tribunal ordenó que los padres del trabajador fallecido reciban el 90% de la pensión, equiparándolos con el cónyuge o concubino, siempre y cuando se compruebe la dependencia económica. Esta medida busca garantizar condiciones justas para todos los beneficiarios.

La Segunda Sala de la SCJN fue la encargada de resolver que la normativa vigente resultaba excluyente e injustificada. A partir de ahora, los derechos de los ascendientes deberán ser tratados bajo los mismos criterios que las pensiones por viudez.

El tribunal subrayó que la pensión no es una concesión del Estado, sino un derecho adquirido a partir de las aportaciones que el trabajador realizó durante su vida laboral. Por ello, no existe justificación legal para establecer diferencias entre los beneficiarios que dependen de ese ingreso.

.© foto: cortesía | google.

Por qué la Ley 73 sigue siendo tan valorada

A pesar del paso del tiempo, el régimen de la Ley 73 del IMSS continúa siendo uno de los más atractivos frente a la Ley 97. Su cálculo se basa en el promedio salarial de las últimas 250 semanas cotizadas y el total de semanas aportadas, lo que permite obtener pensiones más estables.

Beneficios clave de este régimen

Entre las principales ventajas de la Ley 73 destacan la pensión vitalicia, los incrementos anuales ligados al salario mínimo, el acceso a servicios médicos para el pensionado y sus beneficiarios, así como las pensiones por viudez, orfandad e invalidez.

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