By using this site, you agree to the Privacy Policy and Terms of Use.
Aceptar
Coahuila HoyCoahuila HoyCoahuila Hoy
Notificación Mostrar más
Tamaño de fuenteAa
  • Inicio
  • Local
    LocalMostrar más
    *Denuncia mujer de 82 años robo a su propiedad en barrio La Cascada*
    29 septiembre, 2026
    Redoblan esfuerzos con campaña permanente de bacheo
    29 septiembre, 2026
    Invitan a jóvenes a tramitar su pre cartilla militar
    29 septiembre, 2026
    Se lesiona futbolista en campo La Ensabinada
    29 septiembre, 2026
    Se atraganta bebé con piedra en El Nacimiento; la trasladan grave al hospital
    28 septiembre, 2026
  • Estatal
  • Campañas
  • Regional
  • Zona Norte
  • Nacional
  • Internacional
  • Policiaca
  • Deportes
  • Salud
  • Espectáculos
Leyendo: ¿Qué pasa si un trabajador fallece? Estas prestaciones deben recibir sus familiares
Compartir
Tamaño de fuenteAa
Coahuila HoyCoahuila Hoy
Search
  • Inicio
  • Local
  • Estatal
  • Campañas
  • Regional
  • Zona Norte
  • Nacional
  • Internacional
  • Policiaca
  • Deportes
  • Salud
  • Espectáculos
¿Ya tienes una cuenta? Iniciar sesión
Síguenos
Inicio » Blog » ¿Qué pasa si un trabajador fallece? Estas prestaciones deben recibir sus familiares
Nacional

¿Qué pasa si un trabajador fallece? Estas prestaciones deben recibir sus familiares

Redacción
Última actualización: 16 octubre, 2025 11:12 am
Redacción
Publicado 16 octubre, 2025
Compartir
Compartir

Cuando un trabajador fallece, la Ley Federal del Trabajo (LFT) garantiza a sus familiares el derecho a recibir prestaciones e indemnizaciones laborales. Estos beneficios buscan proteger la estabilidad económica de los dependientes del empleado.

¿Quiénes pueden reclamar las prestaciones de un trabajador fallecido?

El artículo 501 de la LFT define quiénes tienen derecho a reclamar las prestaciones laborales y las indemnizaciones derivadas del fallecimiento del trabajador. Los beneficiarios legales son:

  • La viuda o el viudo
  • Los hijos menores de 18 años o mayores con una discapacidad del 50 % o más
  • Los hijos hasta de 25 años que estudien en una institución del sistema educativo nacional.
  • Los padres o familiares ascendientes que dependían económicamente del trabajador fallecido.
  • La persona con la que vivió en concubinato durante al menos cinco años o con quien tuvo hijos, siempre que ninguno estuviera casado en ese tiempo.

En ausencia de los anteriores, otras personas que dependieran económicamente del trabajador también pueden ser consideradas beneficiarias.

¿Qué prestaciones pueden reclamar los beneficiarios?

Las personas beneficiarias tienen derecho a cobrar todas las prestaciones generadas por el trabajador hasta la fecha de su fallecimiento, así como algunas indemnizaciones específicas si la muerte ocurrió por causas laborales.

 

Imagen intermedia

Los pagos que el empleador debe entregar a los beneficiarios incluyen:

  • Sueldos y salarios devengados no pagados.
  • Parte proporcional del aguinaldo.
  • Vacaciones no disfrutadas y prima vacacional correspondiente.
  • Prima de antigüedad (cuando aplique).
  • Otros beneficios establecidos en el contrato individual o colectivo, como bonos, seguro de vida o fondo de ahorro.

Además, si la muerte ocurrió por un accidente o enfermedad relacionada con el trabajo, la ley contempla una indemnización por fallecimiento laboral.

En caso de muerte por riesgo de trabajo, los beneficiarios tienen derecho a:

  • Una indemnización equivalente a 5,000 días de salario del trabajador.
  • El pago de los gastos funerarios, por un monto equivalente a dos meses de salario.
  • Estas cantidades pueden ser cubiertas por el empleador o por el IMSS, si el trabajador estaba afiliado.

¿Cómo se realiza el trámite?

Para acceder a estas prestaciones, los beneficiarios deben iniciar un juicio de designación de beneficiarios ante la Junta Federal o Local de Conciliación y Arbitraje.

Documentos necesarios:

  • Acta de defunción del trabajador.
  • Identificación oficial del solicitante.
  • Documentos que acrediten la relación (actas de nacimiento, matrimonio, etc.).
  • Comprobantes de dependencia económica, si aplica.

 

Imagen intermedia

Una vez que la autoridad emite la resolución, los beneficiarios pueden acudir directamente al empleador o institución correspondiente para solicitar el pago.

De acuerdo con el artículo 115 de la LFT, este proceso puede realizarse sin juicio sucesorio, lo que permite a los familiares ejercer sus derechos laborales de forma más ágil.

¿Cuánto tiempo tienes para reclamar las prestaciones?

Los beneficiarios tienen diferentes plazos según el tipo de prestación:

  • Prestaciones laborales: hasta 1 año después del fallecimiento.
  • Recursos del Afore o fondos de retiro: los plazos pueden extenderse hasta 10 años, dependiendo del régimen pensionario.

En todos los casos, es recomendable iniciar el trámite lo antes posible para evitar complicaciones o pérdida de derechos por prescripción.

Los familiares de un trabajador fallecido pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir orientación legal gratuita.

También te puede gustar

Cae en CDMX implicado en desaparición de normalistas de Ayotzinapa
Reciben a Sheinbaum con júbilo en el Puerto de Veracruz
Alcaldesa de Chilpancingo será investigada por reunión con líder de ‘Los Ardillos’: López Obrador
Asume México presidencia de organismo internacional para la integridad
Reaprehenden a exfiscal Jorge Winckler; le niegan prisión domiciliaria
Compartir este artículo
Facebook Correo electrónico Imprimir

Siganos

Redes Sociales
FacebookMe gusta
InstagramSeguir
Noticias Populares
Internacional

Corte Suprema de EU permite deportaciones rápidas a terceros países mientras evalúa política

Redacción
Redacción
29 septiembre, 2026
EU sanciona al “Mayito Flaco” y 20 más ligados al Cártel de Sinaloa; entre ellos, el exesposo de Marina del Pilar
Vinculan a proceso a dos sujetos que agarraron a navajazos a un joven en la colonia Villafontana
Moviliza a policías amenaza de riña a navajazos en el CBTis 34; fue falsa alarma
Detienen a sujeto que baleó a ranchero en Guerrero, Coahuila
Clima
29°C
Múzquiz
algo de nubes
29° _ 29°
53%
6 km/h
mié
34 °C
jue
29 °C
vie
29 °C
sáb
26 °C
dom
21 °C
- Publicidad -
Ad imageAd image

Categorias

  • Nacional
  • Internacional
  • Zona Norte
  • Deportes
  • Espectáculos
  • Regional
  • Policiaca
  • Estatal
  • Salud
  • Local

Nosotros

“Noticias de Saltillo y Coahuila al momento. Información, actualidad y los temas que marcan la agenda del estado.”
Coahuila HoyCoahuila Hoy
© 2026 Coahuila Hoy. Noticias de Coahuila. Todos los derechos reservados.
Welcome Back!

Sign in to your account

Nombre de usuario o correo electrónico
Contraseña

¿Olvidaste tu contraseña?