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Leyendo: Niegan amparo a la Auditoría Superior, Rosario Robles es absuelta por la Estafa Maestra
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Nacional

Niegan amparo a la Auditoría Superior, Rosario Robles es absuelta por la Estafa Maestra

Redacción
Última actualización: 25 abril, 2024 6:14 pm
Redacción
Publicado 25 abril, 2024
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El Noveno Tribunal Colegiado le negó un amparo a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) contra la sentencia absolutoria a favor Rosario Robles Berlanga, ex titular de la secretaria de Desarrollo Social (Sedesol), en el caso de la Estafa Maestra.

Durante la sesión extraordinaria vía remota, los magistrados del Noveno Tribunal Colegiado, José Manuel Torres Ángel, Michele Franco González y Juan Carlos Ramírez Benítez, determinaron por unanimidad negarle la protección de la justicia federal a la ASF.

Con esta sentencia se pone fin al proceso e impide una nueva persecución penal en contra de Robles Berlanga, respecto del juicio por el que pasó tres años en prisión acusada de haber cometido ejercicio indebido del servicio público y ser responsable del desvío de más de 5 mil millones de pesos.

Cabe destacar que con el amparo, la ASF buscaba revertir la liberación de la ex secretaria de Desarrollo Social y que se reiniciara el procedimiento penal en su contra.

 

De acuerdo con el expediente, la quejosa afirmó que la Auditoría Superior de la Federación no está legitimada para promover el juicio de amparo. Dijo que si bien, en el auto impugnado se le reconoció el carácter de víctima u ofendido, a las personas morales oficiales, no se les reconoce los de derechos humanos y menos que tenga representación jurídica de todas las dependencias de la administración pública federal.

 

“En el caso, la Auditoría Superior de la Federación, actúa en función de la facultad de imperio del Estado, por ende, no lo hace reclamando derechos individuales, sino que involucra garantías sociales, pasando por alto que los artículos 103 y 107 Constitucional que establecen que el juicio de amparo es un medio de control de constitucionalidad de actos de autoridad”.

En el proyecto a cargo del magistrado Juan Carlos Ramírez Benítez señaló que “la conducta revestía en una naturaleza meramente administrativa en donde, por ende, el hecho no constituía, que se puede considerar, que se encuadraba en una norma administrativa, por lo que tiene efectos de sentencia absolutoria en favor de la imputada / en este orden se propone, como sentido del proyecto negar el amparo y protección al quejoso”.

El abogado Epigmenio Mendieta señaló que con la determinación del Noveno Tribunal Colegiado de negar un amparo a la ASF, después de cuatro años, ocho meses y veinte días, se termina el procedimiento judicial que involucraba a Rosario Robles.

En un comunicado agregó que este acto representa un paso crucial en la búsqueda de la justicia en el sistema jurídico mexicano y que la cobertura mediática de este proceso judicial resultó esencial, para garantizar un entorno de transparencia, imparcialidad, independencia judicial y acceso a la información.

Reiteró que los magistrados negaron el amparo al considerar que sus conceptos de violación son infundados e inoperantes para revocar la decisión del 30 de noviembre de 2023, del Primer Tribunal Colegiado de apelación en materia penal, que resolvieron que la ex secretaria de la Sedesol no incurrió en un delito, por lo cual tuvo que ser sancionada solo por la vía administrativa.

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