Nacional

Emiten “Alta Directiva Sanitaria” para hospitales donde se realizan trasplantes de órganos

Con el objetivo de que se cumpla la normativa vigente y se garanticen procedimientos seguros a los pacientes, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y el Centro Nacional de Trasplantes (Cenatra), emitieron una “Alta Directiva Sanitaria” dirigida a establecimientos que realizan la procuración y el trasplante de órganos, tejidos y células.

Por tanto, la Cofepris realizará una vigilancia sanitaria, la cual podrá efectuarse en cualquier momento y en caso de encontrarse algún riesgo para la salud, aplicará medidas de seguridad, como por ejemplo el aseguramiento de productos y la suspensión de trabajos o servicios.

En el documento técnico que se puede consultar en gob.mx/cofepris, destaca que en cada establecimiento el Comité Interno de Coordinación para la Donación y el Comité Interno de Trasplantes debe elaborar un acta por cada procedimiento, donde se especifiquen los criterios de distribución de un órgano o tejido a un establecimiento, así como la asignación al paciente con base en razones éticas, médicas, científicas y legales.

Para la realización de trasplantes en pacientes nacionales y extranjeros, el Comité Interno de Trasplantes debe hacer una investigación exhaustiva que corrobore que “en el proceso no existe lucro o coacción, por lo que se describirá a detalle en el acta de dicho comité la relación entre donador y receptor con las evidencias que establece el artículo 26 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes”.

En el caso específico del trasplante de córneas importadas, además de la autorización sanitaria correspondiente, se debe especificar el establecimiento y el ID del receptor al que irán dirigidas. Las razones del porqué no pueden conseguirse en el país, y los antecedentes clínicos y epidemiológicos sobre riesgos de patología infectocontagiosa.

La “Alta Directiva Sanitaria”, también señala que los establecimientos que llevan a cabo la procuración y el trasplante de órganos, tejidos y células deben reportar al Sistema Informático del Registro Nacional de Trasplantes, la sobrevida del paciente trasplantado y del injerto, la actualización constante de datos de las y los pacientes en espera de un trasplante.

 

Además, especifica que los profesionales de la salud involucrados en procesos de donación y trasplantes, deben estar inscritos en el Sistema Informático del Registro Nacional de Trasplantes del establecimiento de salud y “no deberá existir conflicto de interés por parte del personal de la salud que intervenga de manera simultánea en un proceso de distribución y de asignación”.

Articulos relacionados

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Back to top button
Coahuila Hoy We would like to show you notifications for the latest news and updates.
Dismiss
Allow Notifications