Zona Norte

Trabajadores que no hayan recibido utilidades pueden reclamar la falta de pago a partir de hoy

A partir de hoy, 1 de junio, los trabajadores vinculados a una persona moral que no hayan recibido el pago correspondiente a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) están facultados para iniciar las reclamaciones legales ante las autoridades competentes.

 

El periodo legal para que las empresas cumplieran con esta obligación fiscal y laboral concluyó formalmente este sábado 30 de mayo.

 

De acuerdo con el artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), los empleados disponen de un plazo de un año, contabilizado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación se haga exigible, para reclamar el pago de las utilidades en caso de omisión, incumplimiento o depósitos incompletos.

 

Cabe destacar que este derecho constitucional aplica para aquellos trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en la empresa durante el año fiscal anterior.

 

Para las empresas que omitan este reparto, la legislación prevé consecuencias severas. Las sanciones financieras aplicables van desde las 250 hasta las 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

 

Con el valor de la UMA vigente, estas multas equivalen a un rango que oscila entre los 29,327.50 pesos y los 586,550 pesos por cada incumplimiento, dependiendo de la gravedad de la falta y de la resolución de la autoridad laboral.

 

Los empleados que se encuentren en esta situación deben presentar su queja ante la Inspección Federal del Trabajo o acudir directamente a las oficinas de la PROFEDET.

 

Para iniciar el proceso, es recomendable contar con recibos de nómina, datos del patrón y, en caso de estar disponible, copia de la declaración anual de la empresa, documento que el patrón está obligado a entregar al sindicato o a la representación de los trabajadores dentro de los 10 días siguientes a su presentación ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para constatar la existencia de utilidades a repartir.

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